¿Estás obligado a presentar la renta?
No todos están obligados a explicar el origen de sus fondos ante la Agencia Tributaria. Existen una serie de consideraciones que diferencian por qué un ciudadano debe cancelar los impuestos al año y por qué otros no.
Estarán exceptos de pagar el impuesto sobre la renta aquellas personas que perciban montos menores a 22.000 brutos al año por parte de un pagador. Pero al percibir dinero más de una entidad, que supere la cifra establecida, sí debe declarar el origen del dinero ante la agencia.
Las distintas empresas encargadas de brindar asesorías en Madrid explicarán los factores que determinan cuándo la persona debe cancelar el IRPF. Cómo podeis comprobar aqui. Al existir un pagador secundario, que ofrezca una suma de dinero superior a los 1.500 euros sobre los 22.000 ya recibidos por la persona, sí estará obligado a pagar el impuesto. Las cifras por rendimiento total en las áreas laborales deben contar con valores por debajo a los 11.200 euros.
No obstante, nuestra recomendación es que compruebes por ti mismo las condiciones actualizadas en la web de la Agencia Tributaria ya que estas suelen cambiar con regularidad en cada ejercicio.